Los Centros Privados de mediación, a diferencia de los licitados o contratados por el Ministerio de Justicia, son aquellos que prestan los servicios de mediación familiar contra pago de honorarios. Por lo tanto pueden requerir sus servicios y pagar por ellos aquellos usuarios que no tengan acceso a mediación familiar gratuita o bien, que pese a tener derecho a la gratuidad prefieren acceder a un centro de mediación privado.
Los mediadores de los centros privados de mediación deben encontrarse inscritos en el Registro de Mediadores y estar habilitados para la jurisdicción del Juzgado en cuyo territorio se prestan los servicios.
Las partes siempre tendrán la oportunidad de elegir el mediador o Centro de Mediación aun cuando un Tribunal les haya asignado algún centro particular. Para ello, sólo basta que la parte interesada solicite el servicio a un profesional registrado y habilitado por parte del Ministerio de Justicia y una vez ingresada la solicitud de atención, el Mediador se encargará de citar a la otra parte para abrir el proceso respectivo.
La Mediación Privada se convierte en una alternativa eficaz, ya que es capaz de ofrecer un servicio de calidad, facilitando de manera rápida y eficiente la resolución de materias familiares, sin mayores trámites, atrasos, evitando listas de espera y demoras. Todo esto a un costo asequible en el Servicio de Mediación Familiar Cecilia Prado.
