¿Que es la Patria Potestad?
De acuerdo al Codigo Civil, Art. 243, la patria potestad es el conjunto de derechos y
deberes que corresponden al padre o a la madre sobre los bienes de sus hijos no
emancipados, es decir menores de edad (menores de 18 años) o que esten incapacitados.
La patria potestad se ejercerá también sobre los derechos eventuales del hijo que está por nacer.
La patria potestad se ejercerá también sobre los derechos eventuales del hijo que está por nacer.
¿A quién le corresponde ejercerla?, La patria potestad se ejerce de forma conjunta por el padre y la madre,
independientemente de que éstos se encuentren o no casados, o de forma
exclusiva por uno de ellos con el consentimiento del otro.
De acuerdo al Código Civil, Art. 245, si los padres viven
separados, la patria potestad será ejercida por aquel que tenga a su cargo el
cuidado personal del hijo.
Sin embargo, por acuerdo de los padres o
resolución judicial fundada en el interés del hijo, podrá atribuirse al otro
padre la patria potestad.
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Tu opinión, consulta, es muy importante para mi, la responderé a la brevedad.