Últimos comentarios

Tienes alguna duda, consulta nuestros post

miércoles, 21 de septiembre de 2011

¿Cuando se puede solicitar aumento, rebaja, cese de la pensión de Alimentos?

Se puede solicitar modificación a la sentencia que fijó una pensión de alimentos, sólo si varían las cirscunstancias que legitimaron la demanda. (Art.332 del Código Civil)
En el tiempo pueden variar los ingresos que hicieron procedente la fijación de determinado monto en la pensión de alimentos.
Estos pueden ser:
Incrementados ,  mediante una solicitud de aumento de Alimentos,  motivado por cambio de trabajo, mejoras salariales, aumento de gastos, etc..
Disminuidos, mediante una solicitud de rebaja de Alimentos, motivado por cambio de trabajo, disminución de renta, aumento de gastos, cesantía.
Cesados, mediante una solicitud de cese de Alimentos, motivado por el hecho de que el o los alimentarios sean mayores de  21 años y no estén estudiando o hayan terminado sus estudios de alguna profesión u oficio.
Para solicitar aumento, rebaja, cese en materia de Alimentos es requisito obligatorio la instancia de Mediación Familiar.
 
 

miércoles, 14 de septiembre de 2011

Centro de Mediación Familiar Privado

Los Centros Privados de mediación, a diferencia de los licitados o contratados por el Ministerio de Justicia, son aquellos que prestan los servicios de mediación familiar contra pago de honorarios. Por lo tanto pueden requerir sus servicios y pagar por ellos aquellos usuarios que no tengan acceso a mediación familiar gratuita o bien, que pese a tener derecho a la gratuidad prefieren acceder a un centro de mediación privado.

Los mediadores de los centros privados de mediación deben encontrarse inscritos en el Registro de Mediadores y estar habilitados para la jurisdicción del Juzgado en cuyo territorio se prestan los servicios.

Las partes siempre tendrán la oportunidad de elegir el mediador o Centro de Mediación aun cuando un Tribunal les haya asignado algún centro particular. Para ello, sólo basta que la parte interesada solicite el servicio a un profesional registrado y habilitado por parte del Ministerio de Justicia y una vez ingresada la solicitud de atención, el Mediador se encargará de citar a la otra parte para abrir el proceso respectivo.

La Mediación Privada se convierte en una alternativa eficaz, ya que es capaz de ofrecer un servicio de calidad, facilitando de manera rápida y eficiente la resolución de materias familiares, sin mayores trámites, atrasos, evitando listas de espera y demoras. Todo esto a un costo asequible en el Servicio de Mediación Familiar Cecilia Prado.

¿Qué es la Mediación Familiar?

¿Qué es la Mediación Familiar?
¿Qué es la Mediación Familiar? La mediación familiar es un sistema de resolución de conflictos a que llegan las partes ayudados por un tercero imparcial llamado mediador familiar. El mediador los ayuda a obtener una solución que surja de ellos mismos, a través de sesiones realizadas fuera del tribunal, en un ambiente que favorece el entendimiento. Los acuerdos a que lleguen las partes se registran en un Acta de Mediación, la cual una vez firmada por las partes y el mediador, se presenta al tribunal de familia para su aprobación en todo lo que no fuere contrario a derecho. Una vez aprobada el Acta de Mediación adquiere el mismo valor jurídico que una sentencia.