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martes, 8 de marzo de 2011

Alimentos

 ¿Desde cuando se deben los Alimentos?
 
Se deben desde el momento en que los solicitan.
Art. 331 del Código Civil, desde la primera demanda. 
¿Se pueden pedir alimentos en forma retroactiva? 
No, por ejemplo: si se demanda alimentos por primera vez cuando el niño ya tiene 12 años y se quiere pedir por los años anteriores, NO, no se puede, solo se deben alimentos desde la notificación de la primera demanda.

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¿Qué es la Mediación Familiar?

¿Qué es la Mediación Familiar?
¿Qué es la Mediación Familiar? La mediación familiar es un sistema de resolución de conflictos a que llegan las partes ayudados por un tercero imparcial llamado mediador familiar. El mediador los ayuda a obtener una solución que surja de ellos mismos, a través de sesiones realizadas fuera del tribunal, en un ambiente que favorece el entendimiento. Los acuerdos a que lleguen las partes se registran en un Acta de Mediación, la cual una vez firmada por las partes y el mediador, se presenta al tribunal de familia para su aprobación en todo lo que no fuere contrario a derecho. Una vez aprobada el Acta de Mediación adquiere el mismo valor jurídico que una sentencia.